domingo, 2 de julio de 2017

Plurinacional

Resulta inquietante la ignorancia olímpica de algunos de nuestros políticos, que utilizan conceptos sin saber lo que significan, proponiéndolos incluso como modelo constitucional. Ocurre con el término que da título a esta columna, del que se sigue hablando esta semana. Porque se trata de un concepto acuñado en España, aunque la vicesecretaria general del PSOE, Adriana Lastra, haya ido a buscarlo a América Latina, donde países como Bolivia, Ecuador o Perú lo importaron con un sentido muy diferente, pues allí sí puede hablarse con propiedad de procesos de emancipación de los pueblos indígenas, que aún deben superar los resabios coloniales. Pueblos aborígenes que han sufrido la segregación racial y económica, la exclusión y la marginación, algo que no puede decirse de “las nacionalidades y regiones” que integran la nación española, por utilizar los términos de la Constitución, y que se han desarrollado democráticamente. De hecho, aunque las propias constituciones de Ecuador o Bolivia utilicen el término plurinacional para referirse a la organización territorial del Estado, en estos países no existe una verdadera parcelación del poder político, porque los gobiernos autónomos descentralizados ecuatorianos o los departamentos bolivianos carecen de parlamentos, y se parecen mucho más a nuestras corporaciones locales, que tienen una autonomía administrativa, pero no política. Algo que saben bien nuestros ayuntamientos, que no crean leyes, sino que aplican las estatales, como también ocurre en estos países de América Latina. Sí es verdad que en Bolivia y Ecuador se ha dotado de personalidad jurídica y por tanto de derechos a los pueblos indígenas y hasta a la propia naturaleza (algo que sí merecería la pena copiar aquí para la protección efectiva del medioambiente), pero, fuera de algunos políticos, no veo yo en España a los indígenas por ninguna parte. De hecho, quizá habría que recordarle al PSOE que fue un político conservador, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, el que allá por la denostada Transición, habló de una “nación de naciones”. Y fue Gregorio Peces Barba quien, en el mismo proceso constituyente, destacó tres aspectos del artículo dos de la Constitución española: “Primer aspecto: España-Nación, cuya unidad se afirma vigorosamente; segundo aspecto: España compuesta por comunidades que se califican como nacionalidades y regiones y respecto de las cuales se predica y se garantiza el derecho a la autonomía; tercer aspecto: la necesaria solidaridad entre todas estas nacionalidades y regiones”. Y afirmó que “la nación de naciones puede ser un solo Estado”. Quizá les resultara ilustrativo a nuestros actuales políticos leerse los diarios de aquellas modélicas sesiones.

IDEAL (La Cerradura), 2/07/2017

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